Está claro que los ayuntamientos se ha convertido en entes recaudatorios que solo piensan en sacar dinero de cualquier rincón. Han llenado las plazas de terrazas y mercadillos que ocupan el espacio público sin dejar apenas lugar para pasear o para que los niños jueguen.
Las zonas azules se expanden en muchas ciudades más allá de las zonas céntricas en las que nacieron, y las plazas de aparcamiento se sustituyen en muchas ocasiones por plataformas para terrazas en numerosas capitales...
Ahora, los ayuntamientos podrían poner en marcha una nueva tasa para todos aquellos que metan su coche en un garaje y tengan que atravesar la acera para acceder al aparcamiento, por mucho que estés pagando ya un vado ¿Cómo te quedas?
Una nueva tasa a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo
Hasta ahora, todos los que tenían un aparcamiento en el bajo o en el sótano de su vivienda tenían que pagar una tasa por tener ese vado que permite el acceso al aparcamiento. Pero ahora, el Tribunal Supremo ha confirmado en dos sentencias de 27 de junio y del 16 de septiembre que los ayuntamientos de nuestro país tienen la potestad de cobrar una tasa a los propietarios de los vehículos que atravieses las aceras públicas para acceder a sus plazas de garaje.
Según el alto tribunal, el uso privado de una acera para acceder a un garaje puede ser gravado con un impuesto municipal, que variaría dependiendo de la normativa de cada municipio.
Los fallos del Supremo que sientan nueva jurisprudencia señalan que la justificación del cobro de la tasa es la intensidad en la utilización de la calzada que tienen que hacer los propietarios para el acceso a sus garajes, atravesando la acera.
El Tribunal Supremo afirma que para imponer esta tasa no hace falta una ordenanza municipal que regule de forma explícita este nuevo impuesto, ya que está avalado por la Ley de Haciendas Locales. Esta ley, en funcionamiento desde 20024, señala que los ayuntamientos pueden "establecer tasas por cualquier supuesto de utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local".
En concreto, en el En el apartado ‘h’ de este punto, se especifica que se incluirían las "entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos".
El Tribunal Supremo ha dejado claro que cada municipio tendrá la capacidad de decidir si impone o no esta tasa, lo que podría generar diferencias entre distintas localidades. De hecho, este tipo de impuesto no es nuevo en algunas ciudades, aunque la sentencia de ahora podría animar a más ayuntamientos a ponerlo en marcha.
Las sentencias resuelven un litigio de una empresa contra el Ayuntamiento de Burgos, ya que este municipio decidió aplicar a esta compañía una tasa de hasta 80 euros al año entre los ejercicios 2014 y 2017 (320 euros en total) por el paso de vehículos a través de una acera pública para dirigirse a un terreno privado. Tras las reclamaciones y apelaciones de la empresa, el Tribunal Supremo ha dado la razón al por tanto la ayuntamiento de esta ciudad castellana, confirmando la obligación de tener que pagar esta tasa local municipal.
Pueden cobrar incluso si la acera está construida en terrenos privados
Seguramente, al leer esta noticia muchos habrán pensado que no les afecta porque la acera que da acceso a su garaje está construida en terrenos privados. Craso erros.
La sentencia especifica que aunque la acera esté construida en una propiedad privada, su uso está considerado como de uso público, por lo que los ayuntamientos también tienen derecho a cobra esa tasa.
Fotografías | Evening_tao en Freepik,
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