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Los consejos de la OCU ante vecinos ruidosos

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Los consejos de la OCU ante vecinos ruidosos

Convivir en comunidad es complicado en ocasiones. Roces entre vecinos, ruidos que nos molestan... Especialmente desquiciantes son los ruidos que no nos dejan descansar... Y cuando la buena educación no es suficiente, también hay recursos legales para combatir esos problemas que afectan a casi el 22% de los hogares españoles, según el INE. 

Un porcentaje bastante más elevado que el registrado 5 años antes, cuando el número de hogares afectados por ruidos molestos era el 16%. Así que si vives en uno de esos hogares en los que el ruido no te deja dormir, desde la OCU tienen una serie de recomendaciones que deberemos seguir según la Ley del Ruido, y en función de los límites sonoros permitidos por las ordenanzas municipales, diferentes en cada localidad.

Para prevenir, vigilar y reducir la contaminación acústica se creó en 2003 la Ley del Ruido, a la que se han ido sumando distintas normativas europeas, autonómicas y municipales. Precisamente, estas últimas son las que marcan los niveles de ruido permitidos en función del horario. Así, el número máximo de decibelios en el interior de una vivienda también está regulado localmente.

En este sentido, es distinto el nivel de ruido permitido durante el día, y el de la noche. También son distintos los límites perdidos en los dormitorios, destinados al descanso, y en el resto de estancias de las casas.

Como regla general, los ayuntamientos tienen como límite los 35 decibelios desde las 08:00 hasta las 22:00 horas. En el periodo nocturno, el límite es más bajo, y suele estar entre los 25 y los 30 decibelios.

Qué hacer si tienes un vecino ruidoso

Si tienes vecinos ruidosos en el piso de arriba, si montan fiestas continuas en el piso de al lado, o si el vecino de abajo pone a tope la televisión de madrugada, hay que seguir una serie de pasos según la OCU. 

  • Intenta resolver el problema por las buenas. Para empezar, intenta solucionar el problema de forma amistosa con tu vecino ruidoso. Puede ser que no sea consciente de las molestias que genera su actividad. 
  • Informa al presidente de la comunidad.  Si el diálogo no funciona, dirígete al presidente de la comunidad de propietarios y a la asesoría que gestiona la comunidad, para que requiera de inmediato el cese de la actividad que produce el ruido molesto. La Ley de la Propiedad Horizontal establece en su artículo 7 que el presidente, a iniciativa propia o de los propietarios (o inquilinos) afectados, requerirá a quien realice las actividades prohibidas su inmediata cesación.
  • La comunidad presenta una demanda. Si el problema de ruidos continúa, el presidente debería convocar una junta de propietarios para autorizar la presentación de una demanda contra el vecino). Si la sentencia es estimatoria, junto a la cesación inmediata de la actividad podría exigirse una indemnización por daños (tratamiento médico, baja laboral, etc.), e incluso privar del derecho al uso de la vivienda o local por un periodo de hasta 3 años (y el fin del contrato si es inquilino). Para presentar la demanda, deberías contar con denuncias policiales, y un peritaje de una empresa especializada. En caso de que la comunidad no quiera presentar la demanda, puedes acudir a la Justicia en solitario. También se lo puedes encargar a tu seguro de hogar si tienes la cobertura de reclamación de daños.

Fotografías | Jeshoots.com para Unsplash,

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